Código de ética

Política de ética y buenas prácticas

La Revista Internacional de Derecho Extradicional, con el objetivo de garantizar el rigor científico y promover una conducta ética durante todas las fases del proceso editorial, se adhiere a los principios del Committee on Publication Ethics (COPE), plasmados en sus Core Practices, disponibles en: https://publicationethics.org/core-practices

En ese sentido, el Consejo Editorial de la Revista Internacional de Derecho Extradicional velará porque todos los actores involucrados (editores, revisores y autores) cumplan y respeten los principios éticos para asegurar el carácter académico-científico de los artículos publicados. A continuación, se plantean las normas para toda la comunidad académica:

Para autores

  • Los artículos deben ser originales e inéditos.

  • Se deben cumplir las normas de derechos de autor establecidas en la Licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0).

  • Se deben reconocer los aportes de terceros: citar conforme al Manual de Estilo Chicago, 16ª edición; las fuentes deben figurar completas y correctas. Esto evita plagio y autoplagio.

  • Con el envío del artículo, las personas autoras acreditan que el manuscrito no está sometido simultáneamente a otra entidad o revista, a fin de evitar conflictos de interés y divulgación duplicada.

  • Si el artículo presenta errores de contenido o imprecisiones en los datos, se deberá informar de inmediato al Consejo Editorial para gestionar las correcciones.

  • En manuscritos con múltiples autorías, al incluir sus nombres, las personas autoras manifiestan que todas han contribuido significativamente a la investigación, elaboración y redacción.

  • Las personas autoras deben abstenerse del envío repetitivo, redundante o innecesario del mismo texto.

  • Se debe garantizar que los datos e información presentados son veraces y no han sido falsificados, alterados o manipulados, ni copiados sin el debido reconocimiento.

Para revisores

  • Al aceptar la revisión, el/la revisor/a declara competencia y experticia en el área del manuscrito.

  • Se debe garantizar la confidencialidad de toda la información; no puede usarse para fines personales ni para favorecer a terceros.

  • Las revisiones deben ser constructivas, específicas, imparciales y objetivas.

  • El/la revisor/a debe abstenerse si existe conflicto de intereses o si el tema no es de su experticia.

  • En el sistema doble ciego (double-blind peer review), los revisores no conocerán la identidad de la autoría ni la de otros revisores.

Para editores

  • Se garantizará la transparencia en los procesos de arbitraje, edición y publicación de cada número de la Revista Internacional de Derecho Extradicional.

  • Se promoverá la difusión de los números publicados (repositorios, redes académicas y sociales, bases de datos, entre otros).

  • Se facilitará la comunicación oportuna y la resolución de dudas a autores, revisores y personas interesadas en publicar en la revista.

  • Se respetarán los plazos del proceso de arbitraje, edición y diagramación para cumplir la periodicidad establecida.

  • Se garantizará la confidencialidad de los manuscritos recibidos, preservando la integridad del arbitraje por pares (double-blind).

  • Todos los artículos serán tratados de manera imparcial y objetiva, sin favorecer a ninguna autoría.

  • Los editores asegurarán el cumplimiento de todas las Políticas de la Revista y las Directrices para Autores de la Revista Internacional de Derecho Extradicional.