Extradición y Ley Marcial en Ucrania: el deber de control reforzado del Estado requerido
Palabras clave:
Extradición, Ucrania, Ley Marcial, Derechos Humanos, Cooperación Judicial Penal InternacionalResumen
Las solicitudes de extradición activa formuladas por Ucrania durante la vigencia de la Ley Marcial plantean un conflicto jurídico relevante y complejo entre el deber de cooperación penal internacional y la obligación de proteger los derechos fundamentales del reclamado. El régimen normativo excepcional instaurado en Ucrania y las sucesivas suspensiones de derechos notificadas conforme al artículo 15 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y al artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos han afectado temporalmente las garantías procesales esenciales, como el derecho a un juicio justo, sin perjuicio de repercutir en otros derechos como la libertad personal, la libertad ideológica e incluso el derecho a la vida y a la integridad física.
El objetivo de este trabajo es determinar si las condiciones procesales vigentes en Ucrania y su afección a los derechos fundamentales del extradendus resultan compatibles con los estándares internacionales de protección de los derechos humanos y con el deber de control reforzado que incumbe al Estado requerido. A partir de un método dogmático-jurídico, aplicado a la praxis, se analizan las normas internas ucranianas, la jurisprudencia española y europea, la doctrina, la normativa ucraniana y las comunicaciones oficiales remitidas por Ucrania a los organismos internacionales.
Los resultados evidencian la necesidad de conciliar la interdicción de la impunidad con la tutela efectiva de los derechos fundamentales, evitando que la cooperación judicial internacional materializada en el instituto de la extradición legitime indirectamente violaciones derivadas de un régimen de excepción. Se concluye que el equilibrio entre ambos imperativos solo puede alcanzarse mediante un control judicial reforzado, la transparencia en las garantías ofrecidas y la asunción de una responsabilidad compartida entre el Estado requirente y el Estado requerido.
